Información sobre las ayudas a los afectados por el temporal Filomena para comunidades de propietarios, unidades familiares, vecinos, autónomos y empresas.
QUIÉNES PODRÁN BENEFICIARSE DE ESTAS AYUDAS
- Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal que hayan sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble. (modelo oficial).
- Corporaciones locales que justifiquen la insuficiencia de recursos para hacer frente a los daños ocasionados por dicha situación. (modelo oficial)
- Unidades familiares o de convivencia económica para paliar daños materiales en viviendas y enseres (modelo oficial)
- Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales, comerciales y de servicios dañados por hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica. (modelo oficial)
- Las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, para la prestación de bienes o servicios, de los que se haya derivado un gasto, daño o perjuicio económico. (modelo oficial)
- Unidades familiares o de convivencia económica paliar daños personales por fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente. (modelo oficial)
HASTA CUÁNDO SE PUEDEN SOLICITAR
El último día para solicitar estas ayudas es EL 18 DE FEBRERO.
CÓMO Y DÓNDE SOLICITARLAS
Para solicitar alguna de estas ayudas, hay que rellenar el correspondiente formulario y presentarlo en la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid o Subdelegación del Gobierno correspondiente a la provincia o comunidad en que se hayan producido los hechos, o en los registros de cualquier órgano administrativo.
Además, deberá acompañarse de los documentos que vienen especificados en cada uno de los formularios.
DOCUMENTACIÓN
AYUDAS DESTINADAS A PALIAR DAÑOS MATERIALES EN VIVIENDAS Y ENSERES
AYUDAS A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
ANEXO V. Ayudas a Comunidades de Propietarios
Last modified: 11 febrero 2021